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Violencia Domestica

¿Puede usted protegerse?


Sí, puede protegerse. Usted puede ser elegible para solicitar la residencia permanente sin la ayuda de su esposo a través de un proceso que conoce como “Violencia Doméstica en Contra de las Mujeres” (VAWA), si reúne los siguientes requisitos:

Usted califica para someter una petición por cuenta propia si usted es la/el:

• Esposa (o). Si ha sido abusada por su esposo(a) que es ciudadano o residente de los Estados Unidos.

• Padre/Madre. Si es el padre/madre de un niño que ha sido abusado por su esposo que es ciudadano o residente de los Estados Unidos.

• Hijo. Si es un hijo que ha sido abusado por su padre/madre que es ciudadano o residente de los Estados Unidos. El niño debe ser menor de 21 años de edad.

Estos son los requisitos:

La persona que es o fue abusada debe probar que:

• Ha sufrido maltrato físico o crueldad mental durante el tiempo que vivió con su esposo(a) o padre abusivo.

• Su esposo(a) que es residente permanente o ciudadano de los Estados Unidos la maltrató durante su matrimonio.

• El matrimonio que forma la base para la petición por cuenta propia fue de buena fe.

• Vivió con su esposo que la maltrató.

• Es una persona de buen carácter moral.

Estos son los formularios y documentos que se necesitan:

• Formulario I-360 (Petición para Viudas, o Inmigrantes Especiales).

• Declaración jurada del solicitante (peticionario por cuenta propia) donde describa la relación con el esposo que la abusó, la historia y naturaleza del abuso, la buena fe del matrimonio y su buen carácter moral.

• Carta de disposición de la policía de cada lugar que ha vivido por lo menos 6 meses durante los tres años anteriores.

• Prueba del estatus legal del esposo que la maltrató (si es LPR o USC).

• Prueba de la identidad y estatus del solicitante.

• Prueba de la relación con el esposo que la maltrató (esposa o hijo).

• Prueba de dirección del solicitante cuando vivía con el esposo que la maltrató.

• Reporte de la policía, record médico y fotos (que muestren las heridas), récord de la corte criminal, récord de consejería.

• Pago de tarifa pagadero a USCIS de $110.00 dólares.

Clase de comportamiento o maltrato: El USCIS puede considerar los siguientes comportamientos como prueba de maltrato:

Si su esposo(a) la/lo:

• Amenazó con golpearla o aterrorizarla.

• Golpeó, le dio un puñetazo, la abofeteó, le dio una patada o le hizo daño.

• Abusó emocionalmente, la insultó en público o en la casa.

• Abusó sexualmente o la explotó, la molestó sexualmente, la obligó a tener sexo forzado en contra de su voluntad, la forzó a practicar prostitución.

• Amenazó con llevarse su hijo o hacerle daño.

• Amenazó con deportarla o entregarla al USCIS.

• Controlaba cuando salía, lo que podía hacer y con quién se veía.

• Detenía forzosamente.

• Amenazó o cometió acto de violencia en contra de una tercera persona o cosa con el propósito de meterle miedo.

Beneficios que se pueden derivar de esta categoría

El beneficiario(a) puede:

• Solicitar la residencia permanente por si mismo(a).

• Ajustar su estatus sin tener que salir de los Estados Unidos.

• Recibir permiso para vivir y trabajar en los Estados Unidos, y recibir asistencia pública mientras espera para ajustar su estatus.

Preguntas frecuentes:

¿Puede un hombre someter una petición por sí mismo bajo el Acta de Violencia Doméstica en Contra de las Mujeres?

Sí. El Acta de Violencia Doméstica en Contra de las Mujeres aplica igualmente a víctimas de uno y otro sexos.

¿Debe el solicitante por cuenta propia permanecer casado con el esposo abusivo hasta que la petición sea aprobada?

Las regulaciones exigen que el esposo que solicita por cuenta propia esté casado al tiempo de someter la petición. Si después que usted haya sometido la petición, se divorcia, éste no afectará su petición porque sucedió después de haber sometido la petición.

¿Puede un esposo divorciado buscar alivio (beneficio) a través de la petición por cuenta propia?

Sí. La petición por cuenta propia será negada si el matrimonio termina por muerte, divorcio o anulación antes de que la petición por cuenta propia haya sido sometida. La esposa maltratada que se divorció de su esposo que es residente permanente o ciudadano de los Estados Unidos puede ser elegible para la cancelación de remoción. La petición por cuenta propia será negada si el peticionario por cuenta propia se casa de nuevo antes de someter la petición o después de someterla y antes de que la petición sea aprobada.

¿Qué pasa si el que cometió el abuso y que es residente permanente o ciudadano de los Estados Unidos, sometió una petición I-130 a favor de su esposa maltratada la cual esta pendiente o fue retirada?

Si usted es el peticionario por cuenta propia quien es el beneficiario de una petición I-130 sometida por el esposo que le abusó, usted podrá transferir la fecha de prioridad de la petición I-130 a la petición I-360.

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Familiares que se benefician de un Ciudadano

Cónyuges de ciudadanos estadounidenses (USC). Corresponde a Familiar Inmediato. Padres de USC , si el hijo es mayor de 21 años de edad. Corresponde a Familiar Inmediato. Hijos(as) menores solteros de un USC . Corresponde a Familiar Inmediato. Hijos adoptivos de un USC , si estos fueron adoptados antes de cumplir 16 años de edad. Corresponde a Familiar Inmediato. Hijastros o padrastros de un USC , si la relación existe antes de que el hijastro tuviera 18 años de edad. Corresponde a Familiar Inmediato. Viudas/viudos de un USC y sus hijos, o que han sido sujeto a maltrato físico o mental pueden hacer su petición por cuenta propia.

Proceso para solicitar la ciudadania

El proceso de ciudadanía es muy simple. Para determinar si usted califica debe completar la solicitud para la naturalización y enviarla a la Oficina de Servicio de Inmigración y Ciudadanía (BCIS). A continuación están los pasos necesarios para solicitar la naturalización. 1er Paso: Conseguir una solicitud para la naturalización conocida como Formulario N-400 (Application for Naturalization). 2do. Paso: Tomarse 2 Fotos a colores, 2" x 2" (foto de la cara debe incluir la oreja derecha). Debe colocarle su nombre y número de residencia con un lápiz en la parte atrás de la foto. 3er. Paso: Sacarle un fotocopia de ambos lados de la tarjeta de residencia para incluirla con la solicitud.